Foto: Antonio Cansino

Hace un año se logró aprobar la primera regulación de los precios del alquiler de la democracia: la Ley 11/2020, una norma vigente en Catalunya que ampara a más de 5 millones de personas, que se ha convertido en un referente europeo y que ha tenido efectos positivos. Como han reconocido PSOE y UP, todo esto ha motivado que dicha ley haya determinado las negociaciones con el Gobierno, que no ha tenido otra opción que acordar una regulación a nivel estatal -entre otras medidas.

Decirlo no es baladí: nada de lo que está sucediendo se entendería sin la existencia del Sindicato de Inquilinas e Inquilinos. Una organización que empezamos a construir a finales de 2016, y que desde entonces no ha dejado de modificar las reglas del juego. Cuando nacimos, los fondos buitre hacían lo que querían. Eran los años de las reformas del PP (2012 y 2013), que permitían subir los precios sin límite, expulsar a la gente de su hogar cada tres años, no pagar impuestos y privatizar la vivienda. Desde entonces, hemos logrado extender la duración de los alquileres, regular los precios, prohibir el robo de fianzas y hacer que una parte de los arrendadores paguen los honorarios de las inmobiliarias, entre muchas otras cosas.

Con el nuevo acuerdo del Gobierno, estamos más cerca de dar un nuevo paso: blindar la regulación ya vigente en Catalunya y lograr que se extienda a todo el Estado. Ahora bien, queda mucho camino por recorrer. Hasta que no tengamos un texto legislativo y que vaya más allá de lo acordado, no podremos cantar victoria.

Con el fin de garantizar la eficacia de la regulación de alquileres, y que ésta sea útil para bajar los precios y proteger a miles de hogares, el Gobierno debería tomar en consideración las siguientes propuestas:

  1. Además de extender la regulación a otros territorios, es indispensable blindar la ya vigente en Catalunya, de la que dependen millones de personas.
  2. La aplicación de la regulación de precios debería ser automática en todos los municipios en los que hay una situación de mercado tenso, al igual que se aplica el salario mínimo de forma global en todo el mercado laboral. Con tal de respetar la autonomía local, se debería permitir a los municipios que puedan hacer variaciones, pasado el primer año de regulación. Es preciso evitar desequilibrios territoriales en la aplicación de la regulación, que generarían efectos indeseados.
  3. La bajada de los precios hinchados debe ser obligatoria para el conjunto del mercado del alquiler, y no solo para las empresas con más de 10 viviendas. En el caso de Barcelona, donde existen datos oficiales, casi el 70% de los inquilinos tendría difícil beneficiarse de una bajada. Para el resto de municipios sería aún mayor la cifra de no beneficiarios. ¿Cómo es posible que una entidad jurídica con nueve viviendas en propiedad en un área de mercado tenso, no se vea afectada por la bajada obligatoria? ¿O cómo se explica que una persona física con 200 propiedades tampoco se vea afectada?
  4. El acuerdo retrasa las bajadas de precio obligatorias hasta 18 meses posteriores a la aprobación de la ley. Esto no sólo supone que estas reducciones se fijarán exclusivamente para los grandes tenedores, sino que además, la aplicación obligatoria del índice de precios a los nuevos contratos entrará en vigor -como muy pronto- de aquí a dos años. Desatendiendo, por lo tanto, la necesidad de que los precios de alquiler bajen urgentemente dado que entre 2013 y 2019 se han duplicado.
  5. En el caso de los particulares con menos de 10 viviendas, el acuerdo habla de que las bajadas de precios sean voluntarias, a cambio de una bonificación fiscal del 90%. Esto implicaría una transferencia directa del conjunto de la sociedad a los hogares con ingresos más altos, y no está claro que ayude a bajar precios. Nuestros cálculos apuntan a que los beneficios fiscales como condición para bajar un 10% el alquiler resultaría rentable para los arrendadores que perciben ingresos por rentas de contratos de alquiler superiores a 3.000€.

En definitiva, este acuerdo supone un punto de partida para avanzar en medidas más garantistas, pero es insuficiente. Y no solo en lo que se refiere a regulación de precios. Hay que recordar que sobre la mesa hay diversos retos que nos pondrían a la altura de nuestro entorno europeo. En este sentido, dos medidas muy claras e insoslayables: 1) establecer contratos renovables automáticamente a no ser que el arrendatario incurra en una falta grave o que el arrendador necesite recuperar la vivienda para uso propio (o de un familiar); 2) los honorarios de las inmobiliarias deben ir a cargo de los arrendadores, que son quienes piden la comercialización la vivienda y para quienes trabajan.

En los días que vendrán nos jugamos que estas y otras cuestiones entren en la ley. En este sentido, cabe recordar que la semana pasada la sociedad civil organizada presentamos, junto a a 9 partidos (UP, ERC, Junts per Catalunya, Bildu, CUP, Más País, Nueva Canarias, Compromís, BNG) una propuesta de Ley de garantía del derecho a la vivienda digna y adecuada. No tenemos ninguna duda que estos partidos defenderán las líneas que fueron planteadas para que sean recogidas en el nuevo texto legislativo.